Abstract
Este trabajo analiza cómo la prohibición absoluta de la pena de muerte, que se viene consolidando progresivamente como norma de Derecho Internacional consuetudinario, puede aplicarse a los graves crímenes internacionales. Para ello, analizaremos el debate sobre la prohibición absoluta de tal pena, surgido durante la negociación del Estatuto de Roma, y la posible consolidación de una norma de ius cogens que prevea su abolición. Examinaremos las penas que pueden imponerse de conformidad con el tratado y en particular la pertinencia del artículo 80. Concluiremos que la exclusión de la pena capital del Estatuto de Roma formaría parte de una tendencia abolicionista que se ha venido consolidando internacionalmente; no obstante, a partir de un análisis combinado de la práctica de los Estados y el tratado, la elección de las penas a imponer seguiría siendo prerrogativa de esos mismos, socavando la posibilidad real de consolidar una nueva norma imperativa de Derecho Internacional.
| Translated title of the contribution | Acerca del valor preventivo de la prohibición absoluta de la pena de muerte para los crímenes internacionales graves en virtud del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional |
|---|---|
| Original language | Undefined/Unknown |
| Pages (from-to) | 1 |
| Number of pages | 18 |
| Journal | Prudentia Iuris |
| Issue number | 98 |
| Early online date | 2024 |
| State | Indexed - 2025 |
UN SDGs
This output contributes to the following UN Sustainable Development Goals (SDGs)
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SDG 16 Peace, Justice and Strong Institutions
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